Directora de Financiamiento Estudiantil de INACAP es elegida representante de Instituciones Técnico Profesionales ante Comisión Ingresa

INACAP, abril de 2024.- La Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores, también conocida como Comisión Ingresa, es un servicio público autónomo del Estado de carácter descentralizado, creado en 2005 por la Ley N° 20.027, que establece normas para el financiamiento de estudios superiores.

Recientemente, eligió a la Directora de Financiamiento Estudiantil de INACAP, Susana Henríquez, como la representante de las instituciones Técnico Profesionales del Sistema de Educación Superior, en una elección en la que participaron los rectores de Institutos Profesionales (IP) y Centros de Formación Técnica (CFT).

Para Susana Henríquez, “este es un desafío que asumo con mucha responsabilidad y motivación porque es fundamental que la realidad del Subsistema Técnico Profesional se visibilice a la hora de definir temas de financiamiento. Tenemos mucho que decir y mucho que aportar al debate y el rol de INACAP como única institución TP con presencia en todo Chile es clave para estas conversaciones. Agradezco esta oportunidad y agradezco a quienes confiaron en mí para llevar a cabo este rol”.

La Comisión Ingresa adopta decisiones como un cuerpo colegiado que conforman cuatro representantes del Estado (Ministro de Educación, Vicepresidente Ejecutivo de CORFO, y el Tesorero General de la República), y tres de las instituciones de Educación Superior.

Entre otras facultades, a la Comisión Ingresa le corresponde regular el sistema de créditos; Aprobar su presupuesto, definir y evaluar políticas para el desarrollo e implementación de instrumentos de financiamiento para estudios de Educación Superior, Supervisar el cumplimiento de los convenios suscritos con entidades públicas o privadas, verificar en conformidad a lo dispuesto en esta Ley y su reglamento, el cumplimiento de los requisitos de las instituciones de Educación Superior, de los estudiantes y de los créditos, para efectos de acceder a la garantía estatal; y solicitar la constitución de garantías por parte de las instituciones de Educación Superior que responden por sus estudiantes ante el sistema financiero.