Preguntas Frecuentes

Es un proceso de evaluación externa al que deben someterse obligatoriamente las instituciones de Educación Superior autónomas del país; las carreras de pregrado consideradas "de acreditación obligatoria" (según lo establecido en la ley éstas son Medicina, Odontología y todas las Pedagogías); y los programas de doctorado y las especialidades del área de la salud que ellas imparten. Se trata de una certificación de calidad de sus procesos internos y sus resultados.

Existen los siguientes procesos de acreditación, independientes entre sí: institucional, de carreras de pregrado, de programas de postgrado y de especialidades del área de la salud (médicas y odontológicas). - LA ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL certifica el cumplimiento del proyecto de la institución y la existencia, aplicación y resultados de mecanismos eficaces de autorregulación y de aseguramiento de la calidad, al interior de las mismas. - LA ACREDITACIÓN DE LAS CARRERAS DE PREGRADO CON ACREDITACIÓN OBLIGATORIA Y DE LOS POSTGRADOS certifica la calidad en función de los propósitos declarados por estas instancias y de los criterios establecidos por las respectivas comunidades académicas y profesionales. Una institución no acreditada puede tener carreras y postgrados acreditados, pues son procesos independientes. Sin embargo, la ley de Educación Superior (N°21.091) establece un plazo máximo en el que todas las instituciones deberán estar obligatoriamente acreditadas (enero 2020).

Cuando una Institución está acreditada, cuenta con la certificación otorgada por CNA-Chile respecto de la implementación de sus mecanismos de aseguramiento de la calidad y sus resultados. Además, los alumnos nuevos que se incorporen a instituciones acreditadas, podrán acceder a financiamiento estatal o recursos que cuenten con su garantía para el financiamiento de sus estudios. En el caso de los postgrados acreditados, sus alumnos podrán optar a fondos concursables de becas con financiamiento estatal.

El requisito fundamental es que la institución esté acreditada y, en el caso de las carreras de Medicina, Odontología y Pedagogías, también la carrera debe estarlo. En el resto de las carreras de pregrado basta con la acreditación de la casa de estudios. Debe considerarse que, para ejercer el derecho a la gratuidad en la educación superior es necesario, adicionalmente, seleccionar una institución que esté inscrita expresamente en este beneficio (www.gratuidad.cl).

Que una carrera no se acredite no impacta en la validez de sus títulos. En Chile son válidos todos aquellos títulos y grados otorgados por instituciones reconocidas por el Estado (esto es, declaradas autónomas por el Ministerio de Educación de Chile).

  • Acreditación institucional, hasta 7 años, de acuerdo con los siguientes niveles: 6 o 7 años en el caso de la acreditación de excelencia, de 4 o 5 años en la acreditación avanzada y de 3 años en la acreditación básica.
  • Acreditación/certificación de carrera, hasta 7 años.
  • Acreditación de postgrados, hasta 10 años.

La cantidad de años se otorga en conformidad con el nivel de cumplimiento de los criterios de evaluación y los propósitos de las instituciones o programas postgrado. Al cabo del plazo otorgado, las instituciones podrán repetir el proceso, con el fin de optar a un nuevo período de acreditación.

El objetivo de la acreditación es siempre certificar la calidad. En los programas de postgrado, se evalúa el cumplimiento de los propósitos declarados por la institución que los imparte y a los criterios definidos para este fin por la comunidad disciplinaria. Los alumnos de programas de postgrado que estén acreditados pueden optar a fondos concursables de becas con financiamiento estatal.